La normativa MiFID II (Directiva 2014/65/EU), en la consideración (74) establece que “El cliente debe ser informado de manera precisa y, en su caso, periódica sobre todos los honorarios, comisiones y beneficios que la empresa haya recibido en relación con el servicio de inversión prestado al cliente y que hayan transferido a este”. Más significativamente, en la consideración (93) se establece:
Al ejecutar las órdenes de clientes minoristas y con el fin de determinar si la ejecución es óptima, entre los costes conexos a la ejecución deben figurar las comisiones u honorarios cobrados por la propia empresa de servicios de inversión al cliente a determinados fines, en los casos en que la política de ejecución de la empresa contemple más de un centro apto para la ejecución de una cierta orden (…)
Este artículo presenta a los clientes la información relativa a las comisiones y gastos relativos a la operativa en derivados nacionales MEFF.
Ejemplo 1: compra de 1 futuro mini sobre el índice Ibex 35 limitada a 10.300 puntos
Para un cliente que realice una compra de 1 futuro mini Ibex 35 a un precio limitado de 10.300 puntos y mantenga la posición durante un mes, las comisiones que se aplicarían serían las siguientes:
- Costes del servicio de inversión y servicios auxiliares: 1,90 euros (0,02%)
- Gastos no recurrentes: 0 euros (0,00%)
- Gastos recurrentes: 0 euros (0,00%)
- Costes de las operaciones: 1,90 euros (0,02%)
- Intermediación*: 1,90 euros (0,02%)
- Gastos de servicio auxiliares: 0 euros (0,00%)
- Gastos accesorios: 0 euros (0,00%)
- Costes del instrumento financiero: 0 euros (0,00%)
- Gastos no recurrentes: 0 euros (0,00%)
- Gastos recurrentes: 0 euros (0,00%)
- Costes de las operaciones: 0 euros (0,00%)
- Gastos accesorios: 0 euros (0,00%)
(*) Comisión de intermediación = comisión Renta 4 (1,45 euros) + comisión MEFF (0,45 euros).
Comisión de intermediación (1,90 euros) / [Cotización actual Ibex 35 (10.300 puntos) * multiplicador del contrato (1) * número de contratos (1)] = 0,0184%
Ejemplo 2: compra de 10 contratos de opciones sobre Telefónica
Para un cliente que realice una compra de 10 contratos de opciones sobre Telefónica con precio de strike 8,65 euros y vencimiento en 16/02/2018 a un precio limitado de 0,05 euros y mantenga la posición durante un mes, las comisiones que se aplicarían serían las siguientes:
- Costes del servicio de inversión y servicios auxiliares: 3,05 euros (0,04%)
- Gastos no recurrentes: 0 euros (0,00%)
- Gastos recurrentes: 0 euros (0,00%)
- Costes de las operaciones: 3,05 euros (0,04%)
- Intermediación *: 3,05 euros (0,04%)
- Gastos de servicio auxiliares: 0 euros (0,00%)
- Gastos accesorios: 0 euros (0,00%)
- Costes del instrumento financiero: 0 euros (0,00%)
- Gastos no recurrentes: 0 euros (0,00%)
- Gastos recurrentes: 0 euros (0,00%)
- Costes de las operaciones: 0 euros (0,00%)
- Gastos accesorios: 0 euros (0,00%)
(*) Comisión de intermediación = comisión Renta 4 (1,05 euros) + comisión MEFF (2 euros).
Comisión de intermediación (3,05 euros) / [Cotización actual TEF (8,30 euros) * multiplicador del contrato (100) * número de contratos (10)] = 0,0367%
AVISO IMPORTANTE: Comisión estimada para un cliente que mantenga la posición durante un trimestre. Las comisiones finalmente aplicadas podrán variar con respecto a la estimación inicial. No incluye tarifas especiales ni descuentos por bonos de corretaje.
Nota: MEFF aplica mínimos de compra y venta para los Futuros sobre acciones y Opciones sobre acciones. Para aplicar estas tarifas mínimas, MEFF agrupa la operativa por orden y precio, por lo que una sola orden de varios contratos realizada a diferentes precios puede convertirse en varias operaciones con 2 euros de mínimo por parte de MEFF cada una. Si por el contrario la orden fuese de 10 o más Opciones o Futuros sobre acciones, y se cruzase a un mismo precio, puesto que se alcanza el mínimo (0,2 euros X 10 contratos), no sería necesario aplicar el mínimo de 2 euros.