El 16 de enero de 2021 entró en vigor el nuevo impuesto español sobre las transacciones financieras. En el siguiente artículo te contamos sus principales características.
¿Qué es la tasa sobre las transacciones financieras?
Es un impuesto indirecto que grava las operaciones de compra de acciones de empresas españolas con una capitalización superior a 1.000 millones de euros (a 1 de diciembre del año anterior a la adquisición). Para este fin, la AEAT publicará en su Sede electrónica la relación de las sociedades españolas con un valor de capitalización bursátil a 1 de diciembre de cada año superior a 1.000 millones de euros antes del 31 de diciembre del mismo año.
¿Qué valores están sujetos?
Para el ejercicio 2023, puedes consultar aquí el listado de compañías sujetas a esta tasa.
Para el ejercicio 2024, puedes consultar aquí el listado actualizado.
También están sujetos los certificados de depósito representativos de las acciones mencionadas anteriormente (como por ejemplo los ADR de empresas españolas cotizados en Estados Unidos), y las adquisiciones que deriven de la ejecución o liquidación de obligaciones o bonos convertibles o canjeables y de instrumentos financieros derivados, entre otros, con ciertas peculiaridades.
Se contemplan las siguientes exenciones:
- Mercado primario
- Operaciones necesarias para el correcto funcionamiento de los mercados
- Operaciones originadas por operaciones de reestructuración empresarial o por medidas de resolución
- Operaciones realizadas entre sociedades del mismo grupo
- Cesiones de carácter temporal
Tipo impositivo y base imponible
El impuesto gravará con un 0,2%, el importe de la transacción sin incluir los gastos asociados a la misma.
En el caso de que se trate de una operación intradía (los títulos se compran y se venden durante la misma jornada bursátil), el inversor no pagará el impuesto.
Devengo
Momento en que se lleve a cabo la anotación a favor del contribuyente de los valores objeto de la adquisición onerosa que constituye el hecho imponible.
Contribuyentes, sujetos pasivos y responsables
Es contribuyente del impuesto el adquirente de los valores, que puede ser una persona física o una sociedad.
Es sujeto pasivo, con carácter general, el intermediario financiero que transmita o ejecute la orden de adquisición, ya actúe por cuenta propia, en cuyo caso será sujeto pasivo a título de contribuyente, o por cuenta de terceros, en cuyo caso tendrá la condición de sustituto del contribuyente.
Será responsable solidario de la deuda tributaria el adquirente de los valores que haya comunicado al sujeto pasivo información errónea o inexacta determinante de la aplicación indebida de las exenciones previstas, o de una menor base imponible derivada de la aplicación incorrecta de las reglas especiales de determinación de la base imponible previstas.
Entrada en vigor
16 de enero de 2021 (3 meses después de su publicación en el BOE).
Información adicional
La Agencia Tributaria ha preparado un documento de preguntas frecuentes, puede consultarlo aquí.
Para más información sobre este nuevo impuesto, puede consultar la publicación en el BOE.
Orden HAC/510/2021, de 26 de mayo, por la que se aprueba el modelo 604 «Impuesto sobre las Transacciones Financieras. Autoliquidación» y se determinan la forma y procedimiento para su presentación.