La normativa MiFID II (Directiva 2014/65/EU), en la consideración (74) establece que “El cliente debe ser informado de manera precisa y, en su caso, periódica sobre todos los honorarios, comisiones y beneficios que la empresa haya recibido en relación con el servicio de inversión prestado al cliente y que hayan transferido a este”. Más significativamente, en la consideración (93) se establece:
Al ejecutar las órdenes de clientes minoristas y con el fin de determinar si la ejecución es óptima, entre los costes conexos a la ejecución deben figurar las comisiones u honorarios cobrados por la propia empresa de servicios de inversión al cliente a determinados fines, en los casos en que la política de ejecución de la empresa contemple más de un centro apto para la ejecución de una cierta orden (…)
Este artículo presenta a los clientes la información relativa a las comisiones y gastos relativos a la operativa en renta fija nacional vía web.
Ejemplo: compra de Bonos Tesoro Público (T2T00058) limitada a 104 euros. nominal 1.000 euros
Para un cliente que realice una compra de Bonos del Tesoro con vencimiento el 30/04/2019 y cupón anual del 2,75% (T2T00058), nominal 1.000 euros a un precio limitado de 104 euros por título, y mantenga la posición durante un mes, las comisiones que se aplicarían serían las siguientes:
- Costes del servicio de inversión y servicios auxiliares: 6,80 euros (0,60%)
- Gastos no recurrentes: 0 euros (0,00%)
- Gastos recurrentes: 1,5 euros (0,15%)
- Custodia*: 1,5 euros (0,15%)
- Costes de las operaciones: 4,78 euros (0,45%)
- Intermediación**: 2,08 euros (0,20%)
- Otros impuestos sobre transacciones***: 2,70 euros (0,26%)
- Gastos de servicio auxiliares: 0 euros (0,00%)
- Gastos accesorios: 0 euros (0,00%)
- Costes del instrumento financiero: 0 euros (0,00%)
- Gastos no recurrentes: 0 euros (0,00%)
- Gastos recurrentes: 0 euros (0,00%)
- Costes de las operaciones: 0 euros (0,00%)
- Gastos accesorios: 0 euros (0,00%)
(*) Comisión de custodia = 0,0133% * 1.040 euros = 0,138 euros. Se establece el mínimo de 1,5 euros/mes por valor.
Comisión de custodia (1,50 euros) / efectivo de la operación (1.040 euros) = 0,15%
(**) Comisión de compraventa = 0,20% sobre efectivo * 1.040 euros = 2,08 euros
(***) Canon de Bolsa de BME. Para el efectivo de la operación (1.040 euros) se establece un tramo fijo de 2,45 euros y un tramo variable del 0,024% = 2,45 + 0,25 = 2,70 euros
Canon de Bolsa (2,70 euros) / efectivo de la operación (1.040 euros) = 0,26%
AVISO IMPORTANTE: Comisión estimada para un cliente que mantenga la posición durante un trimestre. Las comisiones finalmente aplicadas podrán variar con respecto a la estimación inicial. No incluye tarifas especiales ni descuentos por bonos de corretaje.